El Gobierno contará los días desde la fecha de los embarques y dará hasta un mes, modificando nuevamente los plazos para las liquidaciones de exportaciones en dólares. A través de dos resoluciones publicadas ayer en el Boletín Oficial, el ministerio de Economía, dispuso que los exportadores tendrán hasta 30 días corridos para liquidar las divisas que obtienen de ventas al exterior.
Hace un mes, Economía había apurado a los exportadores a que traigan los dólares de sus ventas lo antes posible. Se estableció que tendrían 15 días para entrar las divisas desde el momento que vendían.
Sin embargo, esa decisión –que fue motorizada por Guillermo Moreno y cuyas excepciones gestionaba la secretaria de Comercio Exterior, Beatriz Paglieri– fue modificada por la Presidenta de palabra. Hace dos semanas, Cristina Fernández anunció que las empresas que exporten hasta US$ 2 millones contarían hasta 360 días para liquidar los dólares. “Con esta corrección unas 11.100 empresas exportadoras, en su mayoría Pyme, vuelven al régimen anterior, sobre un total de 12.800 empresas”, dijo.
Las Pymes representan un 5% de las exportaciones. El otro 95% está en manos de un 10% de las empresas del país, que manifestaron sus fuertes reparos ante Moreno y Paglieri.
Los funcionarios escucharon, pero no prometieron nada. En las empresas esgrimían que los plazos establecidos por el Gobierno eran de cumplimiento imposible, ya que los embarques difícilmente llegan a su destino en 15 días. Y la mayoría de los compradores les pagan a los exportadores una vez que tienen la mercadería en su mano. Por esa razón, la medida de Moreno y Paglieri había generado el efecto contrario : que varios exportadores dejaran de enviar productos, frente a la imposibilidad de poder liquidar el dinero de esos despachos. Cumplir con esa disposición implicaba que los exportadores accedieran a financiamiento adicional, en momentos en que es muy complicado hacerse dólares.
En el Boletín Oficial de ayer se precisó que el plazo comenzará a regir desde la “fecha de embarque” de la mercadería. Además, se autorizó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a notificar por medios electrónicos sobre los plazos de liquidación de divisas por ventas al exterior a los exportadores que el año pasado tuvieron operaciones inferiores a los US$ 2 millones.
En las operaciones de exportaciones industriales tienen un tope de entre 90 y 360 días para ingresar divisas de exportación al sistema financiero local. Y el plazo también comenzará a regir “a partir de la fecha en que se haya cumplido el embarque”.
“Cuando se trate de operaciones entre empresas vinculadas, los exportadores deberán ingresar las divisas al sistema financiero local en el plazo de 30 días corridos, contados a partir de la fecha en que se haya cumplido el embarque”, consigna el Boletín Oficial.
Fuente: Clarín